Descripción del problema.
En muchos medios de comunicación se viola la libertad de comunicación limitando las formas de expresión en diferentes temas de interés social sin importar el bienestar social ni el desarrollo de los pueblos, ya que están basados en intereses políticos y de interés económico.
Si bien los funcionarios públicos tienen derecho a la libertad de expresión, por sobre todas las cosas, tienen el deber de proteger ese derecho, que pertenece a los ciudadanos, y, en tal sentido, no pueden imputar delitos sin denunciarlos ante la autoridad judicial, ni tampoco crear una situación de riesgo para una persona o un grupo de personas, ni tampoco un Gobierno ha de polarizar y enfrentar a la sociedad, limitando que los medios informen por beneficiar al aparato del Estado, incluso ocultando la verdad por temor a sanciones y represalias en contra de quien no hace o dice lo que le conviene al Gobernante de turno.
El derecho a la Libertad de Expresión, en la Constitución Ecuatoriana, carece de fortaleza como un derecho que cada ciudadano tiene, y más bien se introduce como un derecho relacionado a la Comunicación; situación que podría parecer concomitante, pero que en la realidad, debe ser tratado de forma diferente y en diferentes espacios. Es innegable que tienen una estrecha vinculación, misma que produce el efecto de considerarlos como uno mismo, pero es necesario comprender que hablamos de dos niveles distintos.
Características
- Temor a sanciones posteriores por lo expresado.
- Temor en la radio difusora ya que limitan la libre expresión cortando la comunicación telefónica o interrumpiéndola por no estar de acuerdo con lo que expone por temor a las represalias que tomen en lo posterior.
PROBLEMA.
- Falta de conocimiento de los derechos que se tiene como personas.
- Temor al cierre del medio de comunicación temporal o definitivamente.
- No dar a conocer a la ciudadanía información veraz de los hechos suscitados.
- Difundir mal la noticia por ganar popularidad.
CONSEJO
En la constitución de la república del Ecuador está estipulado en el Art. 66 numeral 6 el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones siempre y cuando esté fundamentado, se debe respetar, y exigir que se respete nuestros derechos a la libre expresión.
Me odian y me critican pero todos me necesitan
Doy mi vida por ellos
Sin que nadie llore por mí
Soy orgullosamente un Policía Nacional.
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