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Entre individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la Paz" - Lcdo. Benito Pablo Juárez García
SERIE VIOLENCIAS EN: LA LIBERTAD DE EXPRESON - Por los Críticos de la PN
Descripción del problema.
En muchos medios de comunicación se viola la libertad de comunicación limitando las formas de expresión en diferentes temas de interés social sin importar el bienestar social ni el desarrollo de los pueblos, ya que están basados en intereses políticos y de interés económico. 


Si bien los funcionarios públicos tienen derecho a la libertad de expresión, por sobre todas las cosas, tienen el deber de proteger ese derecho,  que pertenece a  los ciudadanos, y, en tal sentido, no pueden imputar delitos sin denunciarlos ante la autoridad judicial, ni tampoco crear una situación de riesgo para una persona o un grupo de personas, ni tampoco un Gobierno ha de polarizar y enfrentar a la sociedad, limitando que los medios informen por beneficiar  al  aparato del Estado, incluso ocultando la verdad por temor a sanciones y represalias en contra de quien no hace o dice lo que le conviene al Gobernante de turno.
El derecho a la Libertad de Expresión, en la Constitución Ecuatoriana, carece de fortaleza como un derecho que cada ciudadano tiene, y más bien se introduce como un derecho relacionado a la Comunicación; situación que podría parecer concomitante, pero que en la realidad, debe ser tratado de forma diferente y en diferentes espacios. Es innegable que tienen una estrecha vinculación, misma que produce el efecto de considerarlos como uno mismo, pero es necesario comprender que hablamos de dos niveles distintos.
Características
- Temor a sanciones posteriores por lo expresado.
- Temor en la radio difusora ya que limitan la libre expresión cortando la comunicación telefónica o interrumpiéndola por no estar de acuerdo con lo que expone por temor a las represalias que tomen en lo posterior.
PROBLEMA.
- Falta de conocimiento de los derechos que se tiene como personas.
- Temor al cierre del medio de comunicación temporal o definitivamente.
- No dar a conocer a la ciudadanía información veraz de los hechos suscitados.
- Difundir mal la noticia por ganar popularidad.
CONSEJO
En la constitución de la república del Ecuador está estipulado en el Art. 66 numeral 6 el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones siempre y cuando esté fundamentado, se debe respetar, y exigir que se respete nuestros derechos a la libre expresión.
Me odian y me critican pero todos me necesitan
Doy mi vida por ellos
Sin que nadie llore por mí
Soy orgullosamente un Policía Nacional.
LOS CRITICOS DE LA PN
SERIE VIOLENCIAS EN: LA TOLERANCIA EN LOS GRAFFITTIS COMO EXPRESIONES JUVENILES - Por
1.    Concepto: 
La real academia de la lengua española define la tolerancia como el respeto de ideas creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes a las propias
Proviene del latín tolerare (“soportar, sostener”) y hace referencia al grado de aceptación respecto a un elemento contrario a una regla moral, civil o física. En otras palabras la tolerancia es la actitud que una persona tiene respecto a aquello que es diferente a sus valores. 
2.    Problema y tratamiento:
La práctica en la tolerancia tiene que ser una norma constante en el desempeño de las  funciones diarias del policía en la labor comunitaria, debido a que existe una infinita posibilidad de discrepancias con la  comunidad
Por ejemplo todos hemos visto una infinidad de gráficos en las paredes  de propiedades publicas  realizadas   en su mayoría por grupos juveniles  que mas que  diversión ven en esto una forma de arte incomprendido por gran parte de la comunidad  que por el contrario les molesta ver este tipo de “pinturas” o “expresiones” sobre su propiedad; en este punto las autoridades locales como una forma de inclusión, tolerancia y aceptación a los grupos juveniles apoya  y coordina para que esto se realice de una manera organizada y en determinados lugares asignados para el efecto con el fin de que la ciudadanía conozca y aprecie este tipo de arte urbano. 
Es así que hoy en día podemos observarlos en lugares como estacionamientos municipales, canchas y parques deportivos. Desde luego la mayoría de estos  grafitis llevan mensajes culturales. Es importante indicar que esto no todos lo entendemos pero como parte de una “cultura de democracia” debemos tratar de abrir nuestra mente a nuevas formas de expresión. La policía en su función comunitaria apoya e impulsa estas iniciativas coordinando entre la autoridad local y los grupos juveniles 
A propósito del día mundial de la tolerancia 16 de noviembre lo sabias?
SERIE VIOLENCIAS EN: LA IGUALDAD EN LA EDUCACION - Por los Equitativos de la PN
1.    DESCRIPCION DEL PROBLEMA
Dentro del tema de Educación, en los sectores rurales no existe la información necesaria para llenar sus conocimientos.
Igualdad, es un concepto que compromete profundamente la visión política del Estado, no obstante la confusión surge a cada instante, pues la igualdad jamás se encuentra desvinculada de los conceptos de libertad y derecho a la Educación.
2.    CARACTERISTICAS
- Falta de profesores adecuados para cada nivel y asignatura.
- Falta de transporte.
- Falta de vías de acceso adecuadas.
- Falta de capacitación a los maestros.
- Falta de infraestructura.
La Educación es indispensable para el conocimiento y el ejercicio de sus derechos para la construcción de un País soberano, esto se relata en el Art. 27 de la Constitución Política del Ecuador; en vista de que esto no se da en los sectores rurales. Ya que existe la falta de infraestructura, profesorado, medios de transporte, vías de acceso adecuadas para poder adquirir el conocimiento para el desarrollo de un país, apegado al marco y respeto de los derechos humanos, ya que se trata de la libertad,  igualdad y fraternidad de nuestros pueblos, con esto se tendría un conocimiento común de todos los rincones del país. 
"La terrible infraestructura de las escuelas públicas ha creado en muchas de ellas un peligroso anfitrión de nombre “insalubridad”. 
Las escuelas públicas no son grandes burbujas de cristal donde cientos de niños y adolescentes asisten a diario para enriquecer su mente. Sus paredes, techos y pisos no están suspendidos en un espacio inmaculado y esterilizado. Sus alumnos, en su mayoría, no están exentos a una realidad generalizada, donde riachuelos de lixiviados putrefactos sorprenden de vez en cuando a transeúntes descuidados.
Los planteles más afectados por este tipo de nefastos escenarios son los que se encuentran en sectores rurales. En realidad la mayoría de las escuelas públicas que se encuentran en los sectores rurales, poseen infraestructuras que datan de más de 50 años. Paredes ruinosas, monte y pozos sépticos inservibles son el pan de cada día en estos sectores”.
3.    PROPUESTAS
- Trabajar y proyectar mancomunadamente con los diferentes líderes de los sectores, para progresar con las diferentes entidades públicas y privadas ya que no existe la plena colaboración de las Entidades encargadas para poder tener una igualdad en conocimientos.
- Otorgar incentivos, remuneraciones justas para los Educadores, para que ellos desempeñen sus labores eficazmente y no tengan lugar a reclamos. Los profesores se sienten impotentes para superar por sí mismos los problemas que afectan a las escuelas rurales y a su propio desempeño laboral puesto que las dificultades que deben afrontar generan actitudes pesimistas que involuntariamente contribuyen a una rutina educativa que produce limitados resultados pedagógicos.
Para superar los problemas es imprescindible adoptar un enfoque renovado. Una manera de ver y entender la enseñanza del niño campesino que se adapte a sus necesidades reales y que dé al profesorado las soluciones necesarias y factibles.
Para diseñar la orientación y el contenido que debe tener cualquier medida correctiva que se adopte, se requiere;
- Destacar y valorar la misión de la escuela rural, en el marco del sistema educativo nacional y las características sociales propias de cada realidad.
- Conocer las capacidades de los recursos humanos, técnicos y materiales efectivamente disponibles.
- Revalorar las características y condiciones sociales y naturales del medio rural.
La solución definitiva la tienen los entes gubernamentales, tales como la Zona Educativa y la Gobernación, pues son ellos los encargados de mejorar las posibles deficiencias de infraestructura que originan, entre otras cosas, riesgos para la salud de los infantes
4.    ANEXOS
En estas fotografías se puede observar que los niños no tienen una escuela con infraestructura adecuada, aquellos niños están expuestas a cualquier inclemencia del tiempo ya sea lluvias, vientos y más. 
En esta fotografía se puede observar la mala infraestructura de esta escuela.
De igual manera en estas fotografías se observa que los estudiantes están expuestos a cualquier inclemencia del tiempo ya que no poseen un lugar cerrado para recibir sus clases.
En esta fotografía se puede apreciar que los alumnos para llegar al establecimiento tienen que caminar por caminos de tercer orden los cuales en verano son caminos polvorientos y en invierno lodosos por tanto los alumnos llegan a su lugar de estudio en malas condiciones.
De esta manera se puede decir que el derecho a la igualdad en la educación no existe en los sectores rurales.
CONCLUSION
CONCLUSION
Que el derecho de igualdad a la Educación no existe en todos los sectores, por que las Entidades Gubernamentales no se ocupan de proveer las instalaciones necesarias en los sectores rurales para un mejor desempeño tanto estudiantil como también para los maestros.
GRUPO LOS EQUITATIVOS
Reclamo ciudadano mantenido con el día 03 de Octubre del 2010 a través del Facebook
Amparo R
QUE LE PASA
19:25 Yo
epa??
muy buenas noches!!
19:25 Amparo R
BUENAS NOCHES
19:26 Yo
cualquier cosa, q no se diga q no hay educación :):)
Cómo esta bella dama!!
y en que le puedo servir??
Cómo esta bella dama!!
y en que le puedo servir??
19:27 Amparo R
DISCULPE SI LO MOLESTE AMIGO
19:27 Yo
no es molestia
estoy para servir
19:27Amparo R
QUE SE CUENTA
19:28 Yo
Jajajaja!!! pues todo bien
como para aportar positivamente al país
:):)
19:28 Amparo R
PARA USTED TODO BIEN
19:29 Yo
no.. quiere q sea honestx
19:29Amparo R
ESO NO CREO UST HICIERON UN CAOS
19:29Yo
no está bien, pero no me queda otra q sonreir
ante tan fea situación
ante tan fea situación
vamos por partes mi dama
nosotros no hicimos un caos
nos acogimos a nuestro derecho constitucional a la protesta
hablemos con claridad
y no con heridas ni con ignorancia
mi señora
con todo el respeto que ud se merece
el que no conozca sus derechos
no significa q no los tenga
y el que yo sea un servidor público, no me hace menos ser humano que ud
o digame si está bien
uds los civiles
19:31 Amparo R
PERO PRIMERO UNO SE IFORMA Y TODOS TENEMOS DERECHOS
19:31 Yo
trabajan 12 horas al dia por 240 dolares q es un salario de miseria
19:32 Amparo R
TODOS ESTAMOS MAL PERO
19:32 Yo
un policía ofrece su vida por 600 dolares
eso cuesta la vida de un ser humano??
le apuesto q por 600 dolares
ud no pondria pecho a las balas
le entiendo q esté mal
indignada por eso
pero mi señora
ud desconoce totalmente de política, y de leyes
19:33 Amparo R
SABE QUE DISCULPE
19:33 Yo
cuantas veces ud no ha sido violentada
19:33 Amparo R
A DE SER
19:33Yo
por su conyuge
o novio???
19:33 Amparo R
MUCHAS
19:33 Yo
cuando la maltrata
o la engaña???
19:33 Amparo R
POR EL NO
PARA NADA
19:33Yo
o cuando va a una institución publica
y no le dan tramite???
eso también es violencia mi señora
19:34Amparo R
ENGAÑAR MUCHAS VECS
UUUUUUUUUUUUUUUUUUÇ
MUHAS
19:34 Yo
gracias con todo... por su preocupación!!
pero primero eduquese y no permita q sea violentada
q nadie
falte jamás
a sus derechos
q ud es una persona
y una ecuatoriana q vale mucho para este país
es el país el q tiene que ganar
los y las ecuatorianos
y no un grupusculo de ambiciosos a quienes hemos encargado el poder
19:35 Amparo R
ASI ES AMIGO
19:35 Yo
no son dueños de nuestras vidas ni de nuestras conciencias
que tenga una excelente noche!!
19:36 Amparo R
ASI ES
DISCULPE
Derechos Humanos - El qué no los conozcas no significa que no los tienes!!
Piensa por ti y recuerda que "entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al Derecho Ajeno es la PAZ!!!
Ante la ocurrencia de un hecho delictivo, siempre quedará una desazón que te dice que nada puede cambiar, sin embargo alguna vez te has preguntado:
Y quienes hacen los hechos? El que no conozcas tus derechos, no significa que no los tengas... los delincuentes si los conocen, por eso los hacen valer, así pues, delincuentes si no ponemos a cuantificar, son pocos, pero nosotros los buenos, somos más, sin embargo, jamás nos preocupamos por conocer nuestros derechos, y cumplir con nuestros deberes y responsabilidades!!
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y LA CIUDADANA. - OLIMPIA GOUGES, PARÍS 1791. Tomado del Blog de Álvaro
Para ser decretados por la Asamblea nacional en sus últimas sesiones o  en la próxima legislatura.
PREÁMBULO
Las madres, hijas, hermanas,  representantes de la nación, piden que se las constituya en asamblea  nacional.
Por  considerar que la ignorancia, el olvido o el desprecio de  los derechos  de la mujer son las únicas causas de los males públicos y  de la  corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una  declaración  solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados de  la mujer a  fin de que esta declaración, constantemente presente para  todos los  miembros del cuerpo social les recuerde sin cesar sus derechos  y sus  deberes, a fin de que los actos del poder de las mujeres y los  del  poder de los hombres puedan ser, en todo instante, comparados  con el  objetivo de toda institución política y sean más respetados por  ella, a  fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, fundadas a  partir de  ahora en principios simples e indiscutibles, se dirijan  siempre al  mantenimiento de la constitución, de las buenas costumbres y  de la  felicidad de todos.
En consecuencia, el sexo superior  tanto en  belleza como en coraje, en los sufrimientos maternos, reconoce  y  declara, en presencia y bajo los auspicios del Ser supremo, los  Derechos  siguientes de la Mujer y de la Ciudadana.
PRIMER ARTÍCULO:
La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos.Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad.
SEGUNDO ARTÍCULO:
El   objetivo de toda asociación política es la conservación de los  derechos  naturales e imprescriptibles de la Mujer y del Hombre; estos  derechos  son la libertad, la propiedad, la seguridad y, sobre todo, la   resistencia a la opresión.
TERCER ARTÍCULO:
El  principio de toda  soberanía reside esencialmente en la Nación que no  es más que la reunión  de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún  individuo, puede ejercer  autoridad que no emane de ellos.
ARTÍCULO CUARTO:
La  libertad y  la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a  los otros;  así, el ejercicio de los derechos naturales de la mujer sólo  tiene por  límites la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos  límites deben  ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la  razón.
ARTÍCULO QUINTO:
Las   leyes de la naturaleza y de la razón prohiben todas las acciones   perjudiciales para la Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas   leyes, prudentes y logicas, no puede ser impedido y nadie puede ser   obligado a hacer lo que ellas no ordenan.
ARTÍCULO SEXTO:
La  ley  debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas  y  Ciudadanos deben participar en su formación personalmente opor medio  de  sus representantes. Debe ser la misma para todos; todas las   ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus ojos, deben ser   igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos   públicos, según sus capacidades y sin más distinción que la de sus   virtudes y sus talentos.
ARTÍCULO SÉPTIMO:
Ninguna  mujer se halla  eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los  casos determinados  por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a  esta Ley rigurosa.
ARTÍCULO OCTAVO:
La   Ley sólo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias y   nadie puede ser castigado más que en virtud de una Ley establecida y   promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres.
ARTÍCULO NOVENO:
Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.
ARTÍCULO DÉCIMO:
Nadie   debe ser molestado por sus opiniones incluso fundamentales; la mujer   tiene el derecho de subir al cadalso; debe tener también igualmente el   de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el   orden público establecido por la Ley.
ARTÍCULO UNDÉCIMO:
La  libre  comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de  los  derechos más preciosos de la mujer, puesto que esta libertad  asegura la  legitimidad de los padres con relación a los hijos. Toda  ciudadana  puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os  pertenece sin  que un prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad;  con la  salvedad de responder por el abuso de esta libertad en los  casos  determinados por la Ley.
ARTÍCULO DUODÉCIMO:
La  garantía de los  derechos de la mujer y de la ciudadana implica una  utilidad mayor; esta  garantía debe ser instituida para ventaja de todos  y no para utilidad  particular de aquellas a quienes es confiada.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO:
Para   el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de   administración, las contribuciones de la mujer y del hombre son las   mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas   las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de   los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades....
ARTÍCULO DECIMOCUARTO:
Las   Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o   por medio de sus representantes, la necesidad de la contribución   pública. Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla si se admite un   reparto igual, no sólo en la fortuna sino también en la administración   pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y   la duración del impuesto.
ARTÍCULO DECIMOQUINTO:
La  masa de las  mujeres, agrupada con la de los hombres para la  contribución, tiene el  derecho de pedir cuentas de su administración a  todo agente público.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO:
Toda  sociedad en la que la garantía de los  derechos no esté asegurada, ni  la separación de los poderes determinada,  no tiene constitución; la  constitución es nula si la mayoría de los  individuos que componen la  Nación no ha cooperado en su redacción.
ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO:
Las   propiedades pertenecen a todos los sexos reunidos o separados; son,   para cada uno, un derecho inviolable y sagrado; nadie puede ser privado   de ella como verdadero patrimonio de la naturaleza a no ser que la   necesidad pública, legalmente constatada, lo exija de manera evidente y   bajo la condición de una justa y previa indemnización.
                                                                                     EPÍLOGO:
¡Mujer,   despierta!; el arrebato de la razón se hace oír en todo el universo;   reconoce tus derechos. El potente imperio de la naturaleza ha dejado de   estar rodeado de prejuicios, fanatismo, superstición y mentiras. La   antorcha de la verdad ha disipado todas las nubes de la necedad y la   usurpación. El hombre esclavo ha redoblado sus fuerzas y ha necesitado   apelar a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en libertad,   ha sido injusto con su compañera. ¡Oh, mujeres!, ¡mujeres!, ¿cuándo   dejaréis de estar ciegas? ¿qué ventajas habéis obtenido de la   revolución?: un desprecio más marcado, un desdén más visible. […]  Cualesquiera sean los obstáculos que os opongan, podéis superarlos; os  basta con desearlo.
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